Si alguien registró tu marca, la ley te faculta para solicitar la anulación de ese registro mediante una acción de nulidad que se presenta ante INAPI. Con esta demanda se solicita que se deje sin efecto el registro de esa marca, para que luego tú puedas registrarla.
Para esto, en primer lugar hay que distinguir entre dos situaciones:
1) Si la marca está en proceso de registrarse y tomas conocimiento de que alguien está intentando registrarla, debes oponerte a esa solicitud de registro, a través de una demanda de oposición que se debe presentar dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la fecha de publicación del extracto de la solicitud en el Diario Oficial. Se necesita de la asistencia de un abogado para la presentación de esta demanda.
2) Si la marca ya está registrada y tomas conocimiento de que alguien la registró sin tu autorización, debes ejercer la acción de nulidad que se manifiesta en la demanda de nulidad.
En primer lugar, tengo que contar con un certificado del registro de la marca, que me permitirá acreditar que se encuentre vigente.
En segundo lugar, hay que tener identificada a la persona o empresa que registró tu marca, pues contra esa persona se ejercerá la acción de nulidad de marca.
Finalmente, hay que contar con el patrocinio de un abogado, pues la ley lo exige para poder interponer la demanda de nulidad de marca.
Si alguien registró tu marca, el plazo para solicitar la nulidad es de 5 años desde la fecha del registro. Sin embargo, si el registro fue obtenido de mala fe, por ejemplo, un socio o ex socio de una empresa que registra la marca para sí mismo, no existe un plazo de vencimiento para la acción de nulidad, pero la mala fe deberá probarse en el juicio.
Efectos de la sentencia de nulidad de marca
Si la sentencia acoge la demanda, el registro de marca obtenido de forma ilícita será anulado, e INAPI luego te otorgará un plazo de 90 días para que tú registres la marca anulada.
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