Propiedad intelectual de un software

Propiedad intelectual de un software

La propiedad intelectual de un software se manifiesta a través de los derechos de autor y los derechos conexos, que se encuentran protegidos a través de la Ley Nº17.336 sobre Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, que tiene como objetivo proteger una obra, en este caso un software, contra la copia, robo u otro uso que no esté permitido por el propietario, desde su creación. Sin embargo, se recomienda inscribir el software en el Registro Público de Propiedad de Derechos de Autor para contar con los beneficios que esto genera.

Se entiende por software, aquel conjunto de programas y reglas informáticas que se utilizan para realizar ciertas funciones en un computador.

Beneficios de inscribir un software en el Registro Público de Propiedad de Derechos de Autor:

  1. Otorga la presunción legal de ser el titular de los derechos de autor sobre el software, es decir, se considera esto como cierto mientras otra persona no pruebe lo contrario.
  2. El titular del derecho de autor puede:
    • Usar el software;
    • Transferir de forma total o parcial sus derechos sobre él; y
    • Consentir que otros lo utilicen.

El software tiene una protección jurídica que se prolonga por toda la vida del autor y se extiende hasta por 70 años más, contados desde la fecha de su fallecimiento.

¿Cómo se registra un software en Chile?

Se puede realizar este trámite de manera presencial u online.

a) Si elijo realizar este trámite de manera presencial:

  1. Se debe completar el formulario de solicitud de inscripción, este se encuentra disponible en las oficinas del Departamento de Derechos Intelectuales, que están ubicadas en la calle Herrera 360, comuna de Santiago o se puede descargar desde su página web.
  2. Se tiene que acompañar el programa con la documentación preparatoria, además se debe señalar su descripción técnica y manuales de uso. Asimismo, se deben agregar las copias de las licencias que se usaron.
  3. Una vez que tengamos lo señalado en el punto anterior, hay que dirigirse a las oficinas del Departamento de Derechos Intelectuales e indicar que se desea inscribir un software en el Registro Público de Propiedad de Derechos de Autor.

b) Si elijo realizar este trámite de manera online:

  1. Hay que rellenar el formulario de solicitud de inscripción, este se encuentra en la página web del Departamento de Derechos Intelectuales.
  2. Se debe ingresar a la página web de Registro de Propiedad Intelectual para realizar la inscripción e ir completando la información que solicitan.
  3. Adjuntar el programa con la documentación preparatoria, señalando su descripción técnica y manuales de uso. Además, se deben agregar las copias de las licencias que se usaron. El archivo no puede superar los 30 MB, si no deberá enviarse por correo postal o entregarlo de forma presencial en las oficinas del Departamento de Derechos Intelectuales.

En ambos casos, posterior a esto, se debe pagar el costo del trámite que es el 35% del valor de 1 UTM, y si se cumple con los requisitos legales, se inscribirá de forma inmediata el software en el Registro Público de Propiedad de Derechos de Autor.

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